Las Partes de los tratados que regulan el vertimiento de desechos en el mar han adoptado una declaración en la que se señala la necesidad de evaluar cuidadosamente las técnicas de geoingeniería marina, que pueden tener potencial para mitigar los efectos del cambio climático, pero también pueden tener efectos adversos en el medio marino.
La declaración identifica cuatro técnicas que necesitan una evaluación prioritaria, que implican la eliminación del dióxido de carbono (CDR) o la modificación de la radiación solar (SRM).
La declaración fue adoptada en la cuadragésima cuarta Reunión consultiva de las Partes Contratantes del Convenio de Londres y de la decimoséptima Reunión de las Partes Contratantes del Protocolo de Londres, que se reunieron en la sede de la Organización Marítima Internacional (OMI) del 3 al 7 de octubre de 2022.
La declaración señala que la geoingeniería marina no debería considerarse como sustituta de otras medidas para reducir las emisiones de dióxido de carbono, y que existen investigaciones sobre el potencial de la geoingeniería marina para mitigar los efectos del cambio climático con distintos intereses que impulsan la urgencia de su despliegue.
La declaración reconoce el interés creciente por las técnicas de geoingeniería marina y su potencial para generar contaminación u otros efectos adversos en el medio marino.
Las partes del Protocolo de Londres (LP) y Convenio de Londres (LC) identifican cuatro técnicas de evaluación de prioridades:
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